{"id":2100,"date":"2010-10-25T09:52:11","date_gmt":"2010-10-25T12:52:11","guid":{"rendered":"https:\/\/adhilac.com.ar\/?p=2100"},"modified":"2012-07-29T18:31:30","modified_gmt":"2012-07-29T21:31:30","slug":"manuel-belgrano-reglamento-para-construir-4-escuelas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/adhilac.com.ar\/?p=2100","title":{"rendered":"Manuel Belgrano. Reglamento para construir cuatro escuelas"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/wp-content\/uploads\/2010\/10\/JuraIndpTucuman.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-3974\" title=\"JuraIndpTucuman\" src=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/wp-content\/uploads\/2010\/10\/JuraIndpTucuman.jpg\" alt=\"\" width=\"624\" height=\"462\" srcset=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/wp-content\/uploads\/2010\/10\/JuraIndpTucuman.jpg 624w, https:\/\/adhilac.com.ar\/wp-content\/uploads\/2010\/10\/JuraIndpTucuman-300x222.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 624px) 100vw, 624px\" \/><\/a><\/p>\n<p><em>Sala de la Jura de la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamerica. Foto: Carolina Crisorio<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por el triunfo de la batalla Salta (20\/02\/1813), logrado tras la victoria de Tucum\u00e1n (24\/09\/1812)la Asamblea del a\u00f1o XIII le otorg\u00f3 a Belgrano 40.000 pesos oro. (1)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Manuel Belgrano respondi\u00f3:<!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abhe cre\u00eddo propio de mi honor y de los deseos que me inflaman por la prosperidad de mi patria, destinar los expresados 40.000 pesos para la dotaci\u00f3n de cuatro escuelas p\u00fablicas de primeras letras en las que se ense\u00f1e a leer y a escribir, la doctrina cristiana, y los primeros rudimentos y obligaciones del hombre en sociedad\u00bb.<\/p>\n<h3 style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\"> Reglamento para el establecimiento de las cuatro escuelas de Tarija, Jujuy, Tucum\u00e1n y Santiago de Estero <\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Jujuy, 25 de Mayo de 1813<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Reglamento que deber\u00e1 regir el establecimiento de las quatro Escuelas de Tarija, Jujuy, Tucum\u00e1n, y Santiago del Estero que he resuelto dotar con los quarenta mil pesos de premio que me se\u00f1al\u00f3 la Soberana Asamblea General Consti\u00adtuyente, mientras que el Supremo Poder Executivo quien se remite para su aprobaci\u00f3n, se sirve con mejores luces enmendarlo y perfeccionarlo seg\u00fan estime m\u00e1s conveniente al inter\u00e9s la educaci\u00f3n de la Juventud de los Pueblos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Articulo 1\u00b0. Habiendo destinado con aprovaci\u00f3n del Supre\u00admo Poder Executivo, el fondo de los quarenta mil pesos que me concedi\u00f3 en premio la Asamblea Constituyente por su soberano Decreto de ocho de Marzo de este a\u00f1o, para que sus r\u00e9ditos se do\u00adten quatro Escuelas, una, en Tarija, otra en esta Ciudad, y las dos restantes en Tucum\u00e1n y .Santiago del Estero, de \u00e1 cada una de ellas el capital de diez mil pesos para que el r\u00e9dito anual de quinientos se le paguen quatrocientos pesosde sueldo al Maestro, y los cientos restantes se destinen para papel, pluma, tin\u00adta, libros y catecismo para los Ni\u00f1os de Padres pobres que no tengan como costearlo. Si hu\u00adbiere alg\u00fan ahorro se emplear\u00e1 el sobrante en premios, con que se estimule el adelanta\u00admiento de los J\u00f3venes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2\u00b0 Estableci\u00e9ndose estas Escuelas baxo la protecci\u00f3n., inmediata inspecci\u00f3n y vigilancia de los Ayuntamientos, el pago del sueldo se har\u00e1 por mitad en cada seis meses por conducto del Governador del Pueblo, del Alcalde de primer voto, y del Rexidor m\u00e1s antiguo, con inter\u00advenci\u00f3n del s\u00edndico, qui\u00e9n solo tendr\u00e1 la facultad de presentar; u oponerse a \u00e9l, quando el Maestro no haya cumplido sus deberes. Los mismos individuos entender\u00e1n en la inversi\u00f3n de los cien pesos destinados para auxilio de los Ni\u00f1os pobres: en la distribuci\u00f3n que se haga de los \u00fatiles que se compren con ellos; y en el repartimiento de los premios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3\u00b0 La provisi\u00f3n de estas Escuelas se har\u00e1 por oposici\u00f3n. El cabildo publicar\u00e1 un aviso convocatorio, que se har\u00e1 saver en las ciudades mas inmediatas; admitir\u00e1 los memoriales de los opositores con los documentos que califi\u00adquen su idoneidad y costumbres oir\u00e1 \u00e1 cerca de ellos al s\u00edndico Procurador; y cumplido el termino de la convocaci\u00f3n. que nunca ser\u00e1 me\u00adnor de veinte y cinco d\u00edas nombrar\u00e1 dos su\u00adjetos de los mas capaces, e instruidos del Pue\u00adblo, para que ante ellos, el vicario Eclesi\u00e1stico y el Procurador de la Ciudad se verifique la oposici\u00f3n p\u00fablicamente, en el d\u00eda \u00f3 d\u00edas se\u00f1a\u00adlados. Los vocales y el Procurador informa\u00adr\u00e1n juntos \u00f3 separadamente al Ayuntamiento \u00e1 cerca del m\u00e9rito de la oposici\u00f3n y circunstancias de los pretendientes, y con el informe que este tenga por conveniente, me dar\u00e1 cuenta de todo para hacer el nombramiento, debiendo los mismos vocales informarse tambien en derechura quanto juzguen conducente al acierto de la elecci\u00f3n. Despu\u00e9s de mis d\u00edas ser\u00e1 esta del resorte del cabildo, procediendo siempre la oposici\u00f3n p\u00fablica en los terminos indicados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4\u00b0 Cada tres a\u00f1os podr\u00e1 el Ayuntamiento abrir nueva oposici\u00f3n, y convocar opositores, si los hubiere por conveniente \u00f3 hubiese proporci\u00f3n de mejorar de Maestro. El que ha servido \u00f3 desempe\u00f1ado la Escuela en igualdad de merito y circunstancias deber\u00e1 ser preferido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5\u00b0 Se ense\u00f1ar\u00e1 en estas Escuelas \u00e1 le\u00e9r, escribir y contar; la gramatica castellana; los funda\u00admentos de nuestra sagrada Religi\u00f3n y Doctri\u00adna Cristiana por el catecismo de Astete (2), Fleu\u00adri (3), y el compendio de Pouget (4): los primeros rudimentos sobre el origen y objeto de la so\u00adciedad, los derechos del hombre en \u00e9sta, y sus obligaciones acia ella, y al Govierno que la rige.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6\u00b0 Cada seis meses habr\u00edan examenes publicos \u00e1 presencia de los mismos individuos, ante quie\u00adnes se \u2011verifica la oposici\u00f3n. A los Jovenes que sobresalgan, se les dar\u00e9 asiento de preferencia, algun premio, distinci\u00f3n de honor, pro\u00adcedi\u00e9ndose en esto con justicia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7\u00b0 En los Domingos de renovaci\u00f3n, y en los dias de rogaciones publicas, asistir\u00e1n todos los Jovenes \u00e1 la Iglesia presididos de su Maes\u00adtro: oiran la misa Parroquial, tomar\u00e1n asiento en la banca que se les destine, y acompa\u00ad\u00f1ar\u00e1n en la procesi\u00f3n de Nuestro amo, To\u00addos los Domingos de Quaresma concurrir\u00e1n en la misma forma \u00e1 oir la Misa Parroquial y las exortaciones \u00f3 platicas doctrinales de su Pastor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8\u00b0 En las Funciones del Patrono de la Ciudad, del aniversario de nuestra regeneraci\u00f3n pol\u00edtica,y otras de celebridad, se le dar\u00e1 asiento al Maestro en Cuerpo de Cavildo, reput\u00e1ndosele por un Padre de la .Patria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9\u00b0 Todos los dias asistir\u00e1n los Jovenes \u00e1 Misa conducidos por su Maestro; al concluirse la Escuela por la tarde rezar\u00e1n las letanias \u00e1 laVirgen, teniendo por Patrona \u00e1 nuestra Se\u00f1ora de Mercedes. El sabado a la tarde le rezaran un tercio de rosario,<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">10\u00ba Se entrar\u00e1 en la Escuela desde el mes de oc\u00adtubre hasta el de marzo \u00e1 las siete por la ma\u00f1ana para salir \u00e1 las diez; y \u00e1 las tres de la tarde para salir \u00e1 las seis; y desde el mes de Abril hasta, el de Setiembre \u00e1 las ocho de la ma\u00f1ana para salir \u00e1 las once, y \u00e1 las dos de la tarde para salir \u00e1 las cinco.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">11 Los que escriban har\u00e1n solo dos planas al dia y ninguna pasar\u00e1 de una llana de quartilla. El tiempo sobrante despues de la plana,se destinara \u00e1 que lean en libro o carta, apren\u00addan la doctrina Cristiana, la aritmetica, la gramatica castellana.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">12 Tendran asueto general el d\u00eda 31 de Enero, 20 de Febrero, 25 de Mayo, 24 de Setiembre, cuidando el Maestro de darles una idea de nuestra grata memoria, tambien lo tendr\u00e1n de el d\u00eda del Maestro, el 1\u00b0 de Enero, el de su Fundador, y los Jueves por la tarde.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">13 Las ma\u00f1anas de los jueves y tarde de los sa\u00adbados se destinar\u00e1n al estudio de memoria del Catecismo de Astete (1) que se usa en nuestras Escuelas y \u00e1 explicarles la doctrina por el Pouget.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">14 Los sabados por la ma\u00f1ana se concluir\u00e1n las bandas semanales que deber\u00e1n promoverse hasta que haia premios, con que estimular la juventud al maior adelantamiento, pero sin que se saquen, ni aun se designen porros, como ha sido antes de ahora de costumbre.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">15 Solo se podr\u00e1 dar de penitencia \u00e1 los J\u00f3venes el que se hinquen de rodillas; pero por ning\u00fan motibo se le expondr\u00e1 \u00e1 la verguenza p\u00fablica haciendo que se pongan en cuatro pies, ni de otro cualquier modo impropio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">16 A ninguno se le podr\u00e1n dar arriba de seis azotes por defectos graves; y solo por un hecho que pruebe mucha malicia, \u00f3 se de muy malas conseq\u00fcencias en la Juventud, se le podr\u00e1n dar hasta doce, haciendolo esto siempre sepa\u00adrado de la vista de los demas Jovenes<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">17 Si hubiese alg\u00fan joven de tan mala indole \u00f3 de costumbres tan corrompidas que se manifieste incorregible, podr\u00e1 ser despedido se\u00adcretamente de la Escuela con intervenci\u00f3n del Alcalde de Primer voto, del Regidor mas anti\u00adguo y del vicario de la Ciudad, quienes se re\u00adunir\u00e1n a deliberar en vista de lo que previa y privada les informe el Preceptor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">18 El Maestro procurar\u00e1 con su conducta y en toda sus expresiones y modos inspirar \u00e1 sus Alumnos, amor al orden, respeto \u00e1 la Reli\u00adgion, moderaci\u00f3n y dulzura en el trato, sentimientos de honor, amor \u00e1 la verdad y \u00e1 las Ciencias, horror al vicio, inclinaci\u00f3n al trabajo, despego del inter\u00e9s, desprecio de todo lo que diga \u00e1 profusi\u00f3n, y luxo en el comer, vestir y demas necesidades de la vida, y un espiritu nacional, que les haga preferir el bien publico al privado, y estimar en mas la cali\u00addad de Americano, que la de Extranjero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">19 Tendr\u00e1 gran cuidado en que todos se presenten con aseo en su persona y vestido, pero no permitir\u00e1 que nadie use luxo aunque sus Padres puedan y quieran costearlo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">20 Se fixar\u00e1n a la Puerta de la Escuela las Ar\u00admas de la Soberana Asamblea Gral. constituyente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">21 Los Ayuntamientos cuidar\u00e1n de la puntual observancia de este Reglamento y de todo lo re\u00adlativo al buen orden y adelantamiento de estas Esq\u00fcelas, \u00e1 cuyo efectos los Rexidores se tur\u00adnar\u00e1n por semana para visitarlas, y reprender al Maestro de los defectos que adviertan. Cada uno en el Cavildo siguiente a la semana, que le haya correspondido por turno, dar\u00e1n parte al cuerpo por escrito de lo que hubiere notado en la visita, y se archivar\u00e1 dicho parte para que sir\u00adva de constancia de la conducta del Maestro para lo que pueda convenir.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">22 Me ser\u00e1 facultativo nombrar quando lo tenga por conveniente un sujeto que haga una visita Extraordinaria, de estas Esq\u00fcelas [escuelas]. Me reser\u00advo asimismo la facultad de hacer las mejoras que el tiempo y la experiencia indiquen para perfeccionar este Reglamento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Jujuy y Mayo 25 de 1813.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Entreren es.: escriban-q. es-vale.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">M. Belgrano<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">NOTAS:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(1) 191 a\u00f1os despu\u00e9s el Ministro de Educaci\u00f3n Daniel Filmus (presidencia de N\u00e9stor Kirchner 2003-2007) inaugur\u00f3 la Escuela  Nro. 452 \u00abLegado Belgraniano\u00bb en la ciudad de San Salvador de Jujuy.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(2) Gaspar Astete (1537-1601) escribi\u00f3 el Catecisma de la Doctrina Cristiana que se utiliz\u00f3 acompa\u00f1ando la dominaci\u00f3n hispana, expandiendo la visi\u00f3n de la Contrarreforma cat\u00f3lica sobre los textos sacros cristianos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(3) Con respecto al Historia Eclesi\u00e1stica del abad Claudio Fleury. Poco tiempo antes en M\u00e9xico Miguel de Hidalgo y Costilla  muy criticado y desplazado de su cargo como Rector del Real y Primitivo Colegio de San Nicol\u00e1s Obispo de Valladolid, seg\u00fan sostiene Castillo Led\u00f3n<br \/>\n\u00ab\u00bfy qu\u00e9 se murmuraba, qu\u00e9 se dec\u00eda de \u00e9l? Que gustaba de discutirlo todo, aun con sus superiores en dignidad; que le\u00eda autores vedados, como la Historia Eclesi\u00e1stica del abad Claudio Fleury y las obras de Voltaire, de las que en Valladolid exist\u00eda oculta una colecci\u00f3n; que ten\u00eda conversaciones reservadas sobre religi\u00f3n y pol\u00edtica&#8230; y, por \u00faltimo, que ten\u00eda relaciones \u00edntimas con una mujer \u00abque vest\u00eda de todas modas\u00bb.\u00bb En Salas L\u00f3pez, Emilio: \u00abMiguel Hidalgo y Costilla\u00bb. 8 de mayo de 2001. El Universal. www.eluniversal.com.mx<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(4) El Compendio de Amado Pouget tambi\u00e9n fue uno de los textos utilizados por el cura mexicano Hidalgo. Ver Herrera Pe\u00f1a, Jos\u00e9: <em>Maestro y discipulo<\/em>. Universidad Michoacana de San Nicol\u00e1s de Hidalgo. M\u00e9xico 1995.<\/p>\n<p><strong>Publicado por ADHILAC Internacional \u00a9 www.adhilac.com.ar<\/strong><\/p>\n<p>Si Ud. desea asociarse de acuerdo a los Estatutos de ADHILAC\u00a0<a title=\"(ver)\" href=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/?page_id=263\">(ver)<\/a> complete el siguiente formulario\u00a0<a title=\"(ver)\" href=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/?page_id=3194\">(ver)<\/a><\/p>\n<p>E-mail:\u00a0<a title=\"info@adhilac.com.ar\" href=\"https:\/\/adhilac.com.ar\/info@adhilac.com.ar\" target=\"_blank\">info@adhilac.com.ar<\/a><strong> <\/strong><\/p>\n<p>Twitter: @AdhilacInfo<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sala de la Jura de la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamerica. Foto: Carolina Crisorio Por el triunfo de la batalla Salta (20\/02\/1813), logrado tras la victoria de Tucum\u00e1n (24\/09\/1812)la Asamblea del a\u00f1o XIII le otorg\u00f3 a Belgrano 40.000 pesos oro. 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