La guerra gaucha de Güemes

Sergio Guerra Vilaboy

Este 17 de junio es el bicentenario de la muerte de Martín Miguel de Güemes, el único general argentino caído en combate durante la guerra de independencia. Al frente de guerrillas populares o montoneras, en Salta y Jujuy, con la llamada guerra gaucha, impidió la reconquista española del antiguo Virreinato del Rio de la Plata.

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Reglamento Provisorio para la Dirección y Administración del Estado de 1817. Provincias Unidas del Río de la Plata

Reglamento Provisorio para la Dirección y Administración del Estado de 1817

3 de diciembre de 1817

Sección I Del hombre en sociedad

CAPITULO I

De los derechos que competen a todos los habitantes del Estado

 

Artículo 1.- Los derechos de los habitantes del Estado son la vida, la honra, la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad.

Artículo 2.- El primero, tiene un concepto tan uniforme entre todos que no necesita de más explicación.- El segundo, resulta de la buena opinión que cada uno se labra para con los demás por la integridad y rectitud de sus procedimientos.- El tercero, es la facultad de obrar cada uno a su arbitrio, siempre que no viole las leyes, ni dañe los derechos [de] otro.- El cuarto, consiste en que la ley bien sea preceptiva, penal o tuitiva, es igual para todos y favorece igualmente al poderoso que al miserable para la conservación de sus derechos.- El quinto, es el derecho de gozar de sus bienes, rentas y productos.- El sexto, es la garantía que concede el estado a cada uno, para que no se viole la posesión de sus derechos, sin que primero se verifiquen aquellas condiciones que estén señaladas por la ley para perderla. Sigue leyendo

Una multitud celebró los 200 años de la Asamblea del año XIII

El festival tuvo su epicentro en la Plaza de Mayo

Tocaron, entre otros, Agarrate Catalina, Rubén Rada y Nompalidece. El feriado nacional se dispuso por única vez para conmemorar el histórico cónclave iniciado el 31 de enero de 1813.

Tal como pudiera recitar un amable vendedor callejero, el feriado de hoy se ofrece «por única vez» como excusa celebratoria del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813, conocida como Asamblea del año XIII. A tal efecto, hay distintas actividades y shows que se desarrollan en la Plaza de Mayo. Sigue leyendo

Mariano Moreno: La importancia de las bibliotecas públicas. Buenos Aires. 1810.

Fundación de la Biblioteca Pública

Mariano Moreno

La Gaceta de Buenos Aires. 13 de septiembre de 1810

Izquierda Biblioteca del Colegio Nacional de Buenos Aires. Fue el Colegio de San Carlos donde estudió Mariano Moreno.

Los pueblos compran a precio muy subido la gloria de las armas; y la sangre de los ciudadanos no es el único sacrificio que acompaña los triunfos: asustadas las Musas con el horror de los combates huyen a regiones más tranquilas, e insensibles los hombres a todo lo que no sea desolación y estrépito, descuidan aquellos establecimientos, que en tiempos felices se fundaron para cultivo de las ciencias y de las artes. Sigue leyendo

Mariano Moreno. Juramento de la Primera Junta de Gobierno en Buenos Aires.

La jura de la Junta de Gobierno Provisoria

Mariano Moreno

La Gaceta de Buenos Aires. 7 de junio de 1810

Nada se presenta más magnífico a la consideración del hombre filósofo, que el espectáculo de un pueblo que elige, sin tumultos, personas que merecen su confianza y a quienes encarga el cuidado de su gobierno. Buenos Aires había dado una lección al mundo entero por la madurez y moderación con que en el Congreso general se examinaron las grandes cuestiones que iban a decidir de su suerte, y el feliz resultado de tan respetable asamblea produjo la augusta ceremonia del juramento solemne, en que se estrecharon los vínculos para la religiosa observancia de lo que la pluralidad había sancionado.

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Plan de Operaciones. Mariano Moreno

«Plan de las Operaciones que el Gobierno Provisional de las Provincias Unidas del Río de la Plata debe poner en práctica para consolidar la grande obra de nuestra libertad é independencia»

En Escritos de Mariano Moreno con Prólogo de Norberto Piñero. Buenos Aires, Biblioteca del Ateneo, 1896. Tomo 1

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Mariano Moreno (1778-1811)

«Excelentísima Junta Gubernativa:

En el estado de las mayores calamidades y conflictos de estas preciosas provincias: vacilante el gobierno, corrompido del despotismo, por la ineptitud de sus providencias, le fue preciso sucumbir, transfiriendo las riendas de él en el nuevo Gobierno Provisional de las Provincias Unidas del Río de la Plata, quien haciéndose cargo de la gran máquina de este Estado, cuando se halla inundado de tantos males y abusos, destruido su comercio, arruinada su agricultura, las ciencias y las artes abatidas, su navegación extenuada, sus minerales desquiciados, exhaustos sus erarios, los hombres de talento y mérito desconceptuados por la vil adulación, castigada la virtud, y premiados los vicios; últimamente, cuando destruidos todos los canales de la felicidad pública, entró a conocer en el fondo de tus contagios, deseoso de sacrificar sus conocimientos y sus fuerzas físicas e intelectuales, para cortar de raíz estos males que se tocaban ya con las manos, Sigue leyendo

Bernardino Rivadavia. Ley de Enfiteusis. Provincias Unidas del Río de la Plata. 1826

Ley por la cual se dan los terrenos de propiedad pública en enfiteusis

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Bernardino Rivadavia (1780-1845)

Art. 1.

Las tierras de propiedad pública cuya enajenación por la ley del 15 de febrero, es prohibida en todo el territorio del Estado, se darán en enfiteusis, cuan do menos, durante el término de 20 años, que empezarán a contarse desde el 1° de enero de 1827.

Art. 2.

En los primeros diez años, el que las reciba en esta forma, pagará al Tesoro Público la renta o canón correspondiente a un 8 % anual sobre el valor que se considere a dichas tierras, si son de pastoreo, o a un 4 % si son de pan llevar.

Art. 3.

El valor de las tierras será graduado en términos equitativos por un jury de cinco propietarios de los más inmediatos, en cuanto pueda ser, al terreno que ha de justipreciarse, o de tres en caso de no haberlos en aquel número. Sigue leyendo

Oliden. Sobre el acceso a la propiedad de la tierra en las provincias de Buenos Aires y Banda Oriental (1815)

BANDO DEL GOBERNADOR OLIDEN  (30-8-1815)

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Colonia, Uruguay. Foto: Carolina Crisorio

… “Artículo 1° Todo individuo de la campaña que no tenga propiedad legítima de qué subsistir, y que haga constar ante el juez territorial de su partido, será reputado de la clase de sirviente…

Artículo 2°  Todo sirviente de la clase que fuere, deberá tener una papeleta de su patrón, visado por el juez del partido, sin cuya precisa calidad será inválida.

Artículo 3° las papeletas de estos peones deben renovarse cada tres meses, teniendo cuidado los vecinos propietarios que sostienen esta clase de hombres de remitirlas hechas al juez del partido para que ponga su visto bueno.

Artículo 4° Todo individuo de la clase de peón que no conserve este documento será reputado por vago.

Artículo 5° Todo individuo, aunque tenga la papeleta, que transite la campaña sin licencia del juez territorial, o refrendada por él, siendo de otra parte, será reputado por vago. Sigue leyendo

El vasallo de la ley al editor. Bernardo de Monteagudo

29 de noviembre de 1811

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Bernardo de Monteagudo

Si para ser libres bastara el deseo de serlo, ningún pueblo seria esclavo; mas por desgracia esta tendencia natural de todo ser que piensa, encuentra escollos muchas veces inaccesibles a la imbecilidad del hombre, no sólo en las naciones cuya suerte ha sido envejecerse sin perfeccionar su constitución política, sino aun en aquellas que parecen destinadas a presidir el destino de las demás. En las urnas la corrupción y el fomento de las pasiones terminan la época de su libertad, en las otras la ignorancia y el temor de los contrastes consiguientes a las revoluciones, retardan el día de su esplendor y exaltación. Desgraciado el pueblo que poseído de esta pasión fanática, mira sus primeros males como un reclamo anticipado de sus últimas desgracias, y felices las provincias del Río de la Plata, que sin embargo del suceso desgraciado de nuestras armas en la jornada del 20 de junio (1) han demostrado la mayor firmeza, y en los más críticos momentos han sabido calcular las ventajas que podemos sacar de aquella misma catástrofe, triste resultado de una combinación de circunstancias, que por un doble interés se anunciará a la faz del mundo para satisfacción de los pueblos que han jurado por ser libres. Sigue leyendo